Respuesta corta Sí, las remesas familiares a Cuba están permitidas: las regula el Departamento del Tesoro a través de la OFAC, con licencias que autorizan ciertos envíos sin pedir permiso caso por caso. La normativa controla tres cosas: quién puede recibir (excluye a ciertos cargos del Gobierno y del Partido), por qué entidades pasa el dinero y, en algunos periodos, cuánto y cada cuánto. Como las reglas han cambiado varias veces, comprueba lo vigente en la web de la OFAC antes de enviar y usa proveedores autorizados.
Cuba es el corredor de remesas más complicado que existe desde Estados Unidos, y no por el precio: por las normas. Las reglas han cambiado varias veces en los últimos años, lo que era válido hace dos años puede no serlo hoy, y por eso este artículo te explica cómo está construido el sistema y dónde comprobar lo vigente, en vez de darte cifras que caducan.

Lo básico: enviar a tu familia está contemplado
El embargo sobre Cuba es mucho más amplio que las sanciones sobre otros países, pero las remesas familiares no están prohibidas de forma general. Están reguladas por el Departamento del Tesoro, a través de la OFAC, mediante licencias que autorizan ciertos envíos sin necesidad de pedir permiso caso por caso.
Eso significa que hay proveedores operando el corredor legalmente. No estás en zona gris por mandarle dinero a tu madre.
Las tres cosas que la normativa sí controla
Y aquí está lo que de verdad hay que entender, porque es lo que permanece aunque cambien los detalles:
- Quién puede recibir. La normativa excluye a determinados cargos del Gobierno cubano y del Partido Comunista. No es una cuestión de opinión política: es una restricción legal sobre el destinatario.
- Por dónde pasa el dinero. Existen listas de entidades cubanas con las que no se pueden hacer transacciones. Como las remesas suelen pasar por una entidad procesadora en la isla, esto ha llegado a bloquear canales enteros en el pasado.
- Qué importes y con qué frecuencia. Ha habido topes por trimestre en unos periodos y no en otros.
Los tres puntos han cambiado con distintas administraciones. Por eso la pregunta correcta no es «¿cuánto puedo enviar?», sino «¿qué dice la norma hoy?».
Dónde comprobar lo que está vigente
Dos fuentes, y solo dos:
- La OFAC, dentro del Departamento del Tesoro, que publica las regulaciones de control de activos cubanos y sus preguntas frecuentes. Es la fuente oficial y es pública.
- El propio proveedor que vayas a usar. Si opera legalmente, tiene un departamento de cumplimiento que conoce los límites vigentes y te los dirá antes de aceptar el envío.
Desconfía de cualquier web —incluida cualquier que diga cifras concretas sin fecha— que te asegure un tope exacto. Cámbialo por la fuente oficial.
Cómo llega el dinero
Según el momento y el proveedor, las vías habituales han sido:
- Recogida en efectivo, en moneda local o en divisa según el periodo.
- Abono en tarjeta en moneda libremente convertible, para comprar en determinados comercios.
- Entrega a domicilio, que ofrecen algunos operadores.
La disponibilidad de cada una ha ido variando. Pregunta al proveedor qué modalidad está operativa antes de decidir, y qué recibe exactamente tu familia en cada una.
Por qué los canales informales son mala idea
En este corredor, más que en ninguno, existe una red informal muy extendida: personas que llevan dinero en mano, contactos que te ofrecen mejor cambio si pagas aquí a un tercero, grupos de mensajería.
Los riesgos son de dos tipos y ambos serios:
- Práctico: no hay comprobante, no hay trazabilidad y no hay a quién reclamar. Si el dinero no llega, se acabó.
- Legal: operar fuera de los canales autorizados en un país con embargo no es lo mismo que en otro corredor. Las consecuencias pueden ir mucho más allá de perder el envío.
La diferencia de cambio que te ofrezcan nunca compensa eso.
El impuesto del 1% a los envíos en efectivo
Además del marco de sanciones, desde 2026 hay un impuesto federal sobre determinadas remesas enviadas en efectivo desde Estados Unidos. Depende de cómo pagues tú el envío. Es una capa distinta e independiente de todo lo anterior.
En resumen
- Mandar dinero a tu familia en Cuba se puede hacer legalmente.
- Hay restricciones sobre el destinatario y sobre las entidades por las que pasa el dinero.
- Los límites concretos cambian: compruébalos en la OFAC o con el proveedor antes de enviar.
- Usa siempre un proveedor registrado, aunque el cambio informal parezca mejor.
Esto es información general, no asesoramiento legal. Si tu caso tiene alguna particularidad —importes altos, destinatario que no es familia directa—, consúltalo con un profesional.
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Fuentes oficiales
Para comprobar lo que explica esta guía, estas son las fuentes oficiales de referencia. Si una norma cambia, manda siempre la versión oficial.
- CFPB: qué es una remesa y qué derechos tienes: información previa obligatoria, 30 minutos para cancelar y 180 días para reclamar errores (en inglés).
- OFAC (Departamento del Tesoro de EE. UU.): programa de sanciones a Cuba y licencias que permiten las remesas